INESCRUPULOSOS ESTÁN TUMBANDO A LOS TUMBADOS DEL PROCESO SUMA

SuperSociedades advierte que personas inescrupulosas están exigiendo dinero a afectados de las libranzas en proceso de Suma
¾ Los afectados no tienen que efectuar pagos a ninguna persona natural o sociedad que se anuncie como asesor del equipo de trabajo de la intervención
¾ Todos los trabajos que han sido requeridos por la Interventora, fueron debidamente autorizados por la Superintendencia de Sociedades y los pagos respectivos se efectuarán como gastos del proceso de Intervención
¾A la fecha avanza, a buena marcha, el proceso de devolución de cuarenta y dos mil seiscientos ochenta millones de pesos ($42.680.000.000), en efectivo a los afectados por la captación ilegal de Suma Activos.
Bogotá agosto 21 de 2018.—  La Superintendencia de Sociedades advierte que personas inescrupulosas están exigiendo dinero a afectados de las libranzas en proceso de Suma.
Según informó la agenta interventora, María Claudia Echandía, los afectados no tienen que efectuar pagos a ninguna persona natural o sociedad que se anuncie como asesor, analista o experto del equipo de trabajo.
Echandía recalcó que en el transcurso de las próximas semanas, efectuará el pago a los afectados de Suma y en ningún caso, deberán entregar dinero a terceras personas, pues todos los trabajos que han sido requeridos por la interventora, fueron debidamente autorizados por la Superintendencia de Sociedades.
Adicionalmente, dentro del proceso, los pagos respectivos se efectuaran como gastos del proceso de Intervención, a cargo de la interventora.
Por lo demás, la Superintendencia de Sociedades recordó que a la fecha avanza, a buena marcha, el proceso de devolución de cuarenta y dos mil seiscientos ochenta millones de pesos ($42.680.000.000), en dinero efectivo a los afectados por la captación ilegal de Suma Activos.
"Con este desembolso, más del 98% de los afectados que se presentaron al proceso de intervención, recuperan todo su dinero invertido", explicó el superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar.
Con este pago, se devolverá el 100% de los recursos a más del 98% de las víctimas que se presentaron al proceso. Este tramo suma $30.544.877.316.
El pago a los afectados será realizado mediante transferencia del encargo fiduciario del cual es titular la Intervenida a las cuentas bancarias de los afectados.
Proceso de devolución de sumas de dinero a los afectados
1.-El dinero destinado a realizar la primera devolución a los afectados asciende a $42.680 millones. Los recursos provienen del recaudo de la cartera de libranzas, y se vinculó a 70 pagadurías a nivel nacional.
2.-Los recursos se están concentrando en un encargo fiduciario de Bancolombia a nombre de Suma Activos s.a.s. en liquidación judicial, mediante el redireccionamiento de descuentos realizados por las diferentes.
3.       La devolución se realizará aplicando los criterios establecidos en el parágrafo 1º del artículo 10º del Decreto 4334 de 2008, lo que significa que se divide la suma de $42.680 millones entre el número de afectados. Se podrá devolver el 100% de su inversión a más del 98% de los afectados que se presentaron al proceso de intervención.
4.-Se reservará el pago de los restantes calificados como afectados con reconocimiento condicionado. Dicha devolución quedó atada a los resultados de las investigaciones que está adelantando la Superintendencia de Sociedades, sobre presuntas daciones en pago y migraciones de cartera consistente en pagarés libranzas.
5.-La devolución se hará mediante transferencia del encargo fiduciario de cual es titular la Intervenida Suma Activos a las cuentas Bancarias de los afectados.
6.-Los afectados deberán entregar en las oficinas de la agente interventora, ubicadas en la avenida carrera 9 número 100-07 oficina 609 de Bogotá, los siguientes documentos:
·-Formato de actualización de datos del beneficiario del pago, suministrado por la agente interventora.
·-Original de certificación de la cuenta bancaria de la cual sea titular el beneficiario del pago
·-Certificado de existencia y representación legal de las personas jurídicas o copia de la cedula de ciudadanía de las personas naturales.
·-Copia del Rut

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