HASTA CARCEL PODRIA ENFRENTAR LOCUTOR QUE SE BURLO DE UNA PERSONA DISCAPACITADA

Renunció locutor de La Mega que se burló de joven con discapacidad

Carlos Mira presentó su renuncia este viernes a la dirección de la emisora en Medellín.

Por:  REDACCIÓN REDES SOCIALES  | 
 
La joven respondió a los comentarios del locutor en redes sociales.
Foto: Archivo particular
La joven respondió a los comentarios del locutor en redes sociales.
El hasta este viernes director de La Mega Medellín, Carlos Mira, presentó su renuncia tras la polémica suscitada por un video que subió a su página de Facebook en el que se burlaba de una joven que, trascendió, ha luchado por años contra el síndrome de Marfan, una enfermedad que afecta a una de cada 5.000 personas y causa un aumento inusual de la longitud de los miembros.
El blanco de las mofas de Mira fue Ana María Zapata, quien denunció en redes sociales la burla del locutor, que ante la polémica procedió a retirar el video y a subir otro, en el que ofrecía excusas.

En el clip, afirmó: “Reconozco completamente mi error, sé que la ofendí a ella y a muchas personas más”. Agregó: “Soy humano, cometo errores y es la primera vez que me pasa una situación de estas”. También, en su cuenta de Twitter, escribió: "Disculpas públicas y de corazón para Ana María Zapata y todos los afectados".
Sin embargo, eso no detuvo los llamados en redes para que la emisora prescindiera de sus servicios. Este viernes en la noche, se conoció la noticia de su renuncia.
¿Consecuencias legales?
Más allá del escándalo mediático y de su separación del cargo en la emisora juvenil, Mira podría enfrentar líos jurídicos por su cuestionable chanza, basado en señalar una característica física que a él le pareció chistosa. Bajo la legislación actual, aseguraron abogados consultados por EL TIEMPO, esta acción podría plantear, incluso, la perspectiva de cárcel para quien incurre en ella.
El abogado Andrés Carreño dijo: “La conducta (de Mira) podría tipificarse en los dos tipos penales. La actual ley antidiscriminación originalmente era la ley 1482 de 2011 que incluía discriminación con base en la orientación sexual, política, filosófica, por raza o por etnia. Pero con la modificación a la ley 1752 del 2015 se incluyó también el tema de la discapacidad”. El jurista explicó que el artículo segundo de esa ley incluyó en el código penal los actos de hostigamiento, es decir los actos de una persona para causar daño a otra.
Agregó: “Por otro lado, el artículo 220 del código penal establece la injuria para la persona que haga imputaciones deshonrosas contra otra. Esta también incurre en pena de prisión, que puede agravarse si el hostigamiento o la imputación deshonrosa se hace a través de medios de comunicación”.
En el mismo sentido se expresó el abogado Ricardo Ramírez: “Lo que él está haciendo es discriminar a una persona por su condición. Está vulnerando e infringiendo la ley antidiscriminación y con un agravante, por ser mujer”.
REDACCIÓN REDES SOCIALES

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