ORDENAN A PING NINE SUSPENDER ACTIVIDADES DE MULTINIVEL

SuperSociedades ordena a Ping Nine suspender las de promoción actividades por incumplir normas de multinivel
·-Ping Nine se promociona como compañía dedicada a la comercialización en red o mercadeo multinivel, tal como consta en informes de visitas realizadas por expertos de la SuperSociedades
·-La decisión adoptada es de inmediata ejecución, según señala la resolución de la Delegatura de Inspección, Vigilancia y Control
Bogotá agosto 23 de 2018.—  Por incumplir la reglamentación que rige a las compañías multinivel, la Superintendencia de Sociedades ordenó la suspensión preventiva e inmediata de actividades a la compañía Ping Nine (Fénix).
La decisión, notificada mediante Resolución 302-00327044 de agosto de 2018, se da luego de realizar una toma de información a la empresa.
“Como resultado de la toma de información adelantada en las instalaciones de la sociedad, se pudo determinar que Ping Nine se promociona como compañía dedicada a la comercialización en red o mercadeo multinivel, tal como consta en el informe de visita y los papeles de trabajo radicados”, advierte el informe de la Delegatura de Inspección, Vigilancia y Control.
De igual forma a la Superintendencia de Sociedades llegó un considerable número de quejas y consultas relacionadas con la actividad desarrollada por la Sociedad, el manejo de monedas virtuales y bóvedas de procesamiento, la utilización de un plan de compensación, entre otros.
Sumado a lo anterior, la Superintendencia Financiera también ha venido avanzando en lo relacionado con Ping Nine y mediante Resolución 0910 de julio de 2018 ordenó a la sociedad, a su representante legal y a las plataformas www.feixpremium.com y www.fenixlifepremium.com, la suspensión inmediata de las operaciones que constituyen captación masiva y habitual no autorizada de recursos del público mediante la modalidad de recaudo de dinero en negociaciones de bóvedas virtuales o software de infraestructura de almacenamiento de información y otras operaciones semejantes utilizando cualquier otro sistema con efectos idénticos o similares.
En conclusión, existen evidencias que permiten suponer que Ping Nine no está dando cumplimiento a los requisitos legales de la actividad multinivel, por lo que fue ordenada la suspensión preventiva de sus actividades.
En adelante, la sociedad no podrá suscribir más contratos para la vinculación de miembros independientes y deberá informar a sus miembros vigentes sobre la medida ordenada por la Superintendencia.
La decisión de suspender actividades, con el objetivo de proteger el ahorro del público y defender el interés general es de inmediata ejecución, según señala la resolución de la Delegatura de Inspección, Vigilancia y Control.

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